Deber de probidad
- Fecha
- 22 de marzo de 2006
- Publicado en
- La Nación
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Viendo la publicidad durante la última campaña electoral, mi esposa, quien es brasileña de São Paulo, me preguntó, extrañada, si ese tipo de publicidad sin referencia a las propuestas programáticas era financiado por el Estado. Le dije, apesadumbrado porque no encontré en ella propuestas para superar los problemas del país, que esa era la costumbre en Tiquicia; a lo cual ella me dijo que en São Paulo el Estado solo financiaba la propaganda programática y no la publicidad tipo comercial, como la que se hace aquí. Que esta última la debían financiar con sus propios recursos los partidos políticos.
Me pareció esto una buena práctica y muestra de civismos de los paulistas, que limitan el financiamiento con recursos públicos a aquellos temas y problemas colectivos que pueden interesar a la ciudadanía y no permiten que se usen para manejar sensaciones como en los artículos comerciales.
No se cumplieron. Recordando la exposición de motivos que generó la ley que permite el pago en el país de la deuda política, nos encontramos motivos de educación cívica y política que no se cumplieron en la propaganda electoral de los partidos durante la campaña pasada.
Considerando el deber de probidad que exige la ley contra la corrupción de todo funcionario público y, por ende, también del Tribunal Supremo de Elecciones, pienso que este tribunal, antes de autorizar el pago de la deuda política, debe revisar el contenido de los materiales emitidos y ver si corresponde con el espíritu y la letra de la legislación vigente.
En este sentido, la normativa no puede limitarse a presentar facturas y otros requisitos formales, sino corresponder a las razones que se dieron para aprobar la legislación que autoriza dicho pago. En todo caso, si se considerara que las reglas de juego debió establecerlas previamente ese tribunal , invito a los nuevos diputados que se consideren defensores del civismo a hacer las precisiones del caso para garantizar el desarrollo cívico y republicano.
Publicado en La Nación, 2006-03-22.